Hacienda aprieta a las empresas con un aluvión de comprobaciones del IVA deducido

Enlace al artículo publicado en El Confidencial, en el que participa Siro Barro, Socio del Departamento de Derecho Fiscal del Despacho.

 

Siro Barro afirma que “Hacienda puede fácilmente determinar cuándo un contribuyente está deduciendo cuotas del IVA soportado de forma presumiblemente incorrecta, e iniciar un procedimiento de comprobación limitada altamente certero”, cruzando los datos del SII (Sistema de Suministro Inmediato de Información) con los listados de empresas a través de las nuevas herramientas tecnológicas, en una información publicada por El Confidencial el 17 de marzo.

En la información, que se centra en el aluvión de comprobaciones de IVA por parte de la AEAT, explica que en el SII las empresas deben incluir un resumen de las facturas emitidas y recibidas en los días anteriores, y también el detalle del tratamiento que la empresa ha dado a las cuotas del IVA soportado por las adquisiciones de bienes o servicios, es decir, “si ese IVA soportado se ha considerado por el contribuyente como total o parcialmente deducible”.

Barro utiliza varios ejemplos para explicar la situación, el alquiler de vehículos por parte de las empresas y las facturas recibidas de entidades deportivas, de proveedores de regalos y de restaurantes. Además, señala que el problema para las compañías no es solo que tengan que devolver el dinero deducido incorrectamente, sino que la AEAT aprovecha para realizar una comprobación de las facturas de los últimos cuatro años. “Este tipo de comprobaciones limitadas o requerimientos de información a efectos del IVA se producen con mayor frecuencia que antes, generadas por el propio contribuyente de forma casi automática cuando informa a Hacienda acerca de facturas recibidas de determinados proveedores”, advierte.

 

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